El ingeniero reconoce que el mayor mérito es el trabajo, por lo que
ejercerá su profesión comprometido con el servicio a la sociedad mexicana,
atendiendo al bienestar y progreso de la mayoría.
2. El ingeniero debe rechazar los trabajos
que tengan como fin atentar contra el interés general, de esta manera evitará
situaciones que involucren peligros o constituyan una amenaza contra el medio
ambiente, la vida, la salud, y demás derechos del ser humano.
3. Es un deber ineludible del ingeniero
sostener el prestigio de la profesión y velar por el cabal ejercicio; asió
mismo mantener una conducta profesional cimentada en la capacidad, la honradez,
la fortaleza, la templanza, la magnanimidad, la modestia, la franqueza y la
justicia, con la conciencia de subordinar el bienestar individual al bien
social.
4. El ingeniero debe procurar el
perfeccionamiento constante de sus conocimientos, en particular de su
profesión, divulgar su saber, compartir su experiencia, proveer oportunidades
para la formación y capacitación de los trabajadores, brindar reconocimiento,
apoyo moral y material a la institución educativa en donde realizó sus
estudios: de esta manera revertirán a la sociedad las oportunidades que ha
recibido.
5. Es responsabilidad del ingeniero que su
trabajo se realice con eficiencia y apego a las disposiciones legales. En
particular, velará por el cumplimiento de las normas de protección a los
trabajadores, establecidas en la legislación laboral mexicana.
6. En el ejercicio de su profesión, el
ingeniero debe cumplir con diligencia los compromisos que haya asumido y
desempeñará con dedicación y lealtad los trabajos que se le asignen, evitando
anteponer su interés personal en la atención de los asuntos que se le
encomiendan, o coludirse para ejercer competencia desleal en perjuicio de quien
reciba sus servicios.
7. Observará una conducta decorosa,
tratando con respeto, diligencia, imparcialidad y rectitud, a las personas con
que tengan relación, particularmente a sus colaboradores, absteniéndose de
incurrir en desviaciones o abusos de autoridad y de disponer o de autorizar a
un subordinado conductas ilícitas, así como de favorecer indebidamente a
terceros.
8. Debe salvaguardar los intereses de la
institución o persona para la que trabaje y hacer buen uso de los recursos que
se le hayan asignado para el desempeño de sus labores.
9. Cumplirá con eficiencia las
disposiciones que en ejercicio de sus atribuciones le dicten sus superiores
jerárquicos, respetará y hará respetar su posición y trabajo: sí discrepara de
sus superiores tendrá la obligación de manifestar ante ellos las razones de su
discrepancia
10. El ingeniero tendrá
como norma crear y promover la tecnología nacional, pondrá especial cuidado en
vigilar que las transferencias tecnológicas se adapten a nuestras condiciones
conforme al marco legal establecido. Se obliga a guardar secreto
profesional de los datos confidenciales que conozca en el ejercicio de su
profesión, salvo que le sean requeridos por autoridad competente.
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